Para el control adecuado de las cotizaciones patronales todos los empleadores están en la obligación de presentar, la planilla de aguinaldos de su personal dependiente a la entidad gestora hasta el 31 de enero de cada gestión; los mismos que deben estar debidamente firmados por los trabajadores, con sello de la empresa y firmado por su representante legal, propietario o autoridad ejecutiva, conforme establece el art. 23 del D.L. 14643 de 3 de junio de 1977 concordante con los arts. 59 y 63 del D.L. de 13214 de 24 de diciembre de 1975, y en cumplimiento con las recomendaciones de la Contraloría General de la Republica y la Autoridad de Supervisión de la Seguros de Salud a corto plazo.